El Ayuntamiento de Santa María de Cayón ha emitido un comunicado para que los propietarios de animales se adapten y respeten la nueva Ley de Bienestar Animal, aprobada por el Congreso el 29 de septiembre de 2023 y que dispone de dos años, a partir de esa fecha, para desarrollar el reglamento.
Ante las preguntas de vecinos sobre cuál debe ser su comportamiento y modo de proceder a partir de la entrada en vigor de la nueva norma, la Concejalía de Sanidad, Asuntos Sociales, Ganadería y Medio Rural recuerda que:
- Está prohibido dejar a un animal solo más de tres días; un día en caso de los perros.
- No se puede mantener a la mascota en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos y similares o vehículos.
- La venta de perros, gatos y hurones solo podrá hacerse por criadores autorizados, sin intervención de mediadores.
- e mantiene la clasificación de razas potencialmente peligrosas, con todas las obligaciones que conlleva para sus propietarios: licencia administrativa, correa, bozal, seguro y prohibición de andar sueltos en zonas habilitadas para otros perros.
- Queda terminantemente prohibido el sacrificio de animales por motivos económicos; solo podrá hacerse por razones de salud o médicas.
- Esterilización obligatoria de todos los gatos a partir del medio año de vida.
- Obligación de identificar gatos y hurones, al igual que los perros, a través de un microchip.
- Curso de formación obligatorio para la tenencia de perros, cuyo contenido está pendiente de definir.
- Contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil para perros.
- En 24 meses, con el desarrollo del reglamento de la ley, existirá un catálogo abierto y de ámbito nacional que indicará qué tipos de animales pueden tenerse en los hogares.
- Los perros dedicados a labores específicas, como caza, pastoreo o fuerzas de seguridad, quedan fuera de la ley.
- Las infracciones leves se sancionarán con un apercibimiento o multa desde 500 a 10.000 euros.
- Las infracciones graves (daño o sufrimiento para el animal) se pagarán con una multa que podrá oscilar entre 10.001 y 50.000 euros.
- Las infracciones muy graves, cuando se produzca la muerte del animal por incumplimiento de la ley, serán penalizadas con multas de entre 50.001 euros y 200.000 euros.
- Abandonar un animal se considera una infracción administrativa grave, así como incumplir las obligaciones de identificación.
- Los dueños de más de cinco animales deberán registrarlos como núcleo zoológico.
- En cuanto al sacrificio, solo podrá hacerse por razones eutanásicas, nunca por el comportamiento del animal, vejez o lesiones.
- Los animales aceptados como mascotas son: perros, gatos, hurones, determinadas especies silvestres, aves de cetrería y animales de acuariofilia no incluidos en el catálogo de especies exóticas invasoras.
- Las mascotas no permitidas, que a la entrada en vigor de la ley ya convivan con sus propietarios, podrán seguir en esa situación hasta su fallecimiento, pero habrá que comunicar su tenencia a la autoridad medioambiental de la comunidad autónoma.
- Animales no permitidos por la ley, a expensas del desarrollo del reglamento: Roedores, tales como ratones, chinchillas o cobayas; tortugas, arañas y serpientes, conejos y pájaros como los periquitos o las cotorras.
- Dónde se puede acceder con las mascotas. Será potestad de los municipios determinar qué lugares públicos están específicamente habilitados para el acceso o esparcimiento de perros y otros animales.