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/ / EL AYUNTAMIENTO DE CAYÓN COMUNICA LAS OBLIGACIONES DE LOS PROPIETARIOS DE MASCOTAS CON LA NUEVA LEY

Ayuntamiento de Santa María de Cayón

PROGRAMA EXPERIENCIAL DE EMPLEO “DINAMIZA CAYÓN”. Programa de Formación y Empleo
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Jueves, 04 Agosto 2016
Thumbnail El ayuntamiento de Santa María de Cayón ha puesto en marcha el programa experiencial de empleo de carácter general “Dinamiza Cayón” en el que participan  15 alumnos y alumnas trabajadores desde el 1 de octubre de 2025. Este proyecto, dirigido a la obtención de un certificado profesional de nivel 2 en la especialidad  de “Dinamización de actividades de tiempo libre infantil y juvenil”,  es un nuevo programa de empleo y formación, de un año de duración, que combina la formación profesional con la práctica en un trabajo de utilidad o interés social, destinado a mejorar la cualificación e inserción laboral de personas desempleadas. Además de obtener un  certificado profesional de nivel 2, los participantes recibirán formación complementaria en áreas clave como lengua de signos, inglés, primeros auxilios, ofimática y otras competencias transversales que refuerzan su perfil profesional y mejoran su empleabilidad. El proyecto cuenta con una subvención de 383.190 euros, concedida por la...

El Ayuntamiento de Santa María de Cayón ha emitido un comunicado para que los propietarios de animales se adapten y respeten la nueva Ley de Bienestar Animal, aprobada por el Congreso el 29 de septiembre de 2023 y que dispone de dos años, a partir de esa fecha, para desarrollar el reglamento.

Ante las preguntas de vecinos sobre cuál debe ser su comportamiento y modo de proceder a partir de la entrada en vigor de la nueva norma, la Concejalía de Sanidad, Asuntos Sociales, Ganadería y Medio Rural recuerda que:

Está prohibido dejar a un animal solo más de tres días; un día en caso de los perros.

- No se puede mantener a la mascota en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos y similares o vehículos.

-  La venta de perros, gatos y hurones solo podrá hacerse por criadores autorizados, sin intervención de mediadores.

- e mantiene la clasificación de razas potencialmente  peligrosas, con todas las obligaciones que conlleva para sus propietarios: licencia administrativa, correa, bozal, seguro y prohibición de andar sueltos en zonas habilitadas para otros perros.

-  Queda terminantemente prohibido el sacrificio de animales por motivos económicos; solo podrá hacerse por razones de salud o médicas.

-  Esterilización obligatoria de todos los gatos a partir del medio año de vida.

-  Obligación de identificar gatos y hurones, al igual que los perros, a través de un microchip.

- Curso de formación obligatorio para la tenencia de perros, cuyo contenido está pendiente de definir.

-  Contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil para perros.

-  En 24 meses, con el desarrollo del reglamento de la ley, existirá un catálogo abierto y de ámbito nacional  que indicará qué tipos de animales pueden tenerse en los hogares.

- Los perros dedicados a labores específicas, como caza, pastoreo o fuerzas de seguridad, quedan fuera de la ley.

-  Las infracciones leves se sancionarán con un apercibimiento o multa desde 500 a 10.000 euros.

-  Las infracciones graves (daño o sufrimiento para el animal) se pagarán con una multa que podrá oscilar entre 10.001 y 50.000 euros.

-  Las infracciones muy graves, cuando se produzca la muerte del animal por incumplimiento de la ley, serán penalizadas con multas de entre 50.001 euros y 200.000 euros.

- Abandonar un animal se considera una infracción administrativa grave, así como incumplir las obligaciones de identificación.

- Los dueños de más de cinco animales deberán registrarlos como núcleo zoológico.

- En cuanto al sacrificio, solo podrá hacerse por razones eutanásicas, nunca por el comportamiento del animal, vejez o lesiones.

- Los animales aceptados como mascotas son: perros, gatos, hurones, determinadas especies silvestres, aves de cetrería y animales de acuariofilia no incluidos en el catálogo de especies exóticas invasoras.

- Las mascotas no permitidas, que a la entrada en vigor de la ley ya convivan con sus propietarios, podrán seguir en esa situación hasta su fallecimiento, pero habrá que comunicar su tenencia a la autoridad medioambiental  de la comunidad autónoma.

-  Animales no permitidos por la ley, a expensas del desarrollo del reglamento: Roedores, tales como ratones, chinchillas o cobayas; tortugas, arañas y serpientes, conejos y pájaros como los periquitos o las cotorras.

- Dónde se puede acceder con las mascotas. Será potestad de los municipios determinar qué lugares públicos están específicamente habilitados para el acceso o esparcimiento de perros y otros animales.

 

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