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Agencia Desarrollo Local
/ / / / Cómo deben tributar los Autónomos las ayudas recibidas por COVID durante el 2020.

Desde que comenzó el Estado de Alarma en marzo del pasado año el Gobierno ha aprobado diferentes medidas para ayudar a los autónomos afectados por la crisis del COVID-19, cuyo cese de actividad, a causa de las restricciones, les ha llevado a una situación económica complicada.

De este modo, todos aquellos que se hayan beneficiado de estas ayudas deberán tenerlo presente a la hora de realizar su Declaración de la Renta del ejercicio 2020 (a presentar este año, entre abril y mayo). La decisión del Ministerio de Hacienda es que las ayudas recibidas en concepto de cese de actividad tributen por rendimientos del trabajo, es decir, de manera progresiva según el tramo, quedando exentos los primeros 2.000 euros percibidos.

Por tanto, un trabajador autónomo que, por cese de actividad durante el estado de alarma, haya percibido en total una cuantía de 3.500€, solo deberá tener en cuenta para el pago de impuestos 1.500€. De igual modo, si la cantidad total percibida es de 1.200€, el contribuyente no tiene obligación tributaria alguna.

Otro tipo de ayuda habitual a lo largo del 2020 ha sido la exoneración de la cuota de autónomos en uno o varios meses. En este sentido, la tributación es inexistente para cualquier caso, ya que es un dinero que ni se ha pagado ni se ha recibido.

Respecto a las subvenciones ofrecidas por las Comunidades Autónomas, el tratamiento fiscal es diferente al de las ayudas estatales, ya que no se considerarán rendimientos del trabajo sino actividad económica.

En lo que se refiere a los préstamos ICO, el importe recibido por el interesado no se considera un ingreso a efectos fiscales, porque no incrementa el capital del autónomo al estar obligado a devolverlo; por tanto, no tributa.

En caso de que el trabajador autónomo no declare las ayudas percibidas por COVID cuando estas están sujetas a obligaciones impositivas, se expone a recibir un expediente sancionador por parte de la Agencia Tributaria y multas económicas que se calcularán teniendo en cuenta como base la cuantía no declarada.

Los expertos recomiendan que, ante el escenario tan cambiante que vivimos y la incertidumbre actual, hay que  permanecer atentos a las informaciones emitidas por la Agencia Tributaria, así como por los diferentes organismos públicos y las Comunidades Autónomas.

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